Noticias de Interés

Trabajo a turnos y Trabajo nocturno


La Generalitat de Catalunya ha realizado un documento que aborda diferentes aspectos relacionados con el trabajo a turnos y trabajo nocturno. 

De este modo, en el documento se tratan temas como 

  • Normativa de aplicación
  • Efectos del trabajo a turnos y trabajo nocturno en la seguridad y salud de los trabajadores clasificándolos en trastornos derivados de la alteración de los ritmos circadianos (trastorno del sueño, trastornos hormonales, trastornos cardiovasculares etc.), aspectos relacionados con el entorno laboral (fatiga, aumento de errores y aumento de la probabilidad de tener accidentes laborales, descenso del rendimiento etc.), alteraciones en el ámbito familiar y social, etc.
  • Estrategias preventivas adecuadas para reducir sus consecuencias tanto a nivel organizativo como individual


El documento puede consultarse en este enlace

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ISO 45001 "Sistemas de Gestión de Salud y Seguridad- Requisitos y Directrices" versión DIS. 


El proyecto de norma ISO 45001 Sistemas de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo ha iniciado el proceso para adquirir el estado de norma ‘DIS’ (Draft International Standard).


Desde el mes de febrero se ha abierto un plazo de consulta para que las partes interesadas (técnicos, empresarios, trabajadores, etc.) puedan realizar comentarios con el fin de que a finales de mayo se disponga de los comentarios analizados y consensuados para su remisión. 

En  España, los comentarios se canalizarán a través de AENOR.


Posteriormente, el comité ISO preparará un documento con todas las observaciones recibidas de los países miembros para su discusión durante el tercer trimestre del año con el objetivo de tener la versión final de la norma y someterla a votación formal a finales de año.


Geseme en Mobile World Congress 2016


Geseme asistencia Técnica de Seguridad y Salud en el montaje de Mobile World Congress

. Geseme, empresa líder en Prevención de Riesgos Laborales ha vuelto a encargarse  por cuarto año consecutivo de la Asistencia Técnica de Seguridad y Salud en el montaje de Mobile World Congress 2016.


Por cuarto año consecutivo,  Geseme, empresa pionera en servicios de salud laboral con más de 50 años de experiencia en el sector, ha realizado la Asistencia Técnica de Seguridad y Salud en el montaje y desmontaje; así como la supervisión del Waste Management del Mobile World Congress 2016.

El congreso ha reunido a más de 100.000 participantes en el recinto de Gran Vía de Fira de Barcelona. Para la celebración de un acto de estas características, se han realizado montajes y desmontajes de stands de gran complejidad y  se han movilizado centenares de empresas de todo el mundo, siendo la coordinación de las actividades empresariales un aspecto fundamental para la prevención de riesgos que pudieran derivarse durante el desarrollo de la actividad.

Geseme, con el fin de ofrecer protección a las personas encargadas de realizar el montaje y desmontaje del evento, ha realizado el soporte en seguridad preventiva a la organización del congreso. De este modo y gracias al trabajo realizado por un equipo de más de 20 técnicos cualificados, Geseme ha garantizado unas adecuadas condiciones en  materia de seguridad y salud laboral  durante el desarrollo de este congreso que representa el mayor evento mundial de la telefonía móvil y las comunicaciones.

Más de 2.200 expositores montaron su stand de mayor o menor complejidad pero siendo muchos de ellos estructuras con doble piso que bien podrían ser locales, comercios o viviendas.  Para ello miles de trabajadores de todo el mundo participan en los diferentes oficios de la construcción: estructuristas, carpinteros, pintores, diseñadores, etc. Geseme mediante técnicos cualificados supervisa los trabajos garantizando una disminución del riesgo y por tanto de la accidentabilidad, todo ello en los más de 110.000 metros cuadrados que dispone el recinto.  Para hacerse una idea del tamaño constructivo del congreso hay que resaltar que ha recibido el “Guinness World Record For Carbon Neutral Footprint”.  Esto significa que es el evento a nivel mundial que más impacto ambiental genera pero que a su vez compensa todas estas emisiones.

Geseme tiene el orgullo de disponer del mejor equipo especializado en riesgos laborales para el control y supervisión de los trabajos del evento más complejo a nivel mundial.  En las dos semanas oficiales de montaje y la semana posterior para el desmontaje el nivel de actividad laboral es inmenso y por lo tanto el control de riesgos laborales sólo puede gestionarse por un excelente equipo humano, en colaboración con Fira Barcelona, el organizador GSMA, la dirección de los trabajos Abraxys y los arquitectos Graó Tècnics.



Nuevo RD sobre Gestión de la Incapacidad


La gestión integral de la salud,  además de constituir una obligación jurídica y social  reporta grandes ventajas a las empresas y a sus empleados.

El concepto Gestión Integral de la Salud que defendemos desde Geseme engloba diferentes áreas de trabajo y servicios (Gestión de la Prevención, Medicina del Trabajo, Medicina Asistencia, etc...) destinados a mejorar la salud de los trabajadores desde múltiples perspectivas y con objetivos distintos.  

Cuando el objetivo es mejorar la productividad de los trabajadores, aumentar su compromiso con la empresa y/o  reducir  costes e interrupciones de la actividad, es necesario implementar un servicio de gestión de la incapacidad.

Y es que la gestión de la incapacidad de los trabajadores es un área de especial trascendencia desde el punto de vista económico y socio-laboral en las empresas que requiere de una gestión personalizada.

Recientemente la nueva normativa* ha introducido importantes novedades. 

Debido a las consultas de nuestros clientes en este campo trataremos de resumirlas y explicarlas a continuación:

Variaciones en la frecuencia en la emisión de los partes de confirmación que a partir de ahora tendrán como base una duración estimada.

Esto implica que los trabajadores ya no tendrán que acudir al Centro de Salud semanalmente a recoger su parte médico de baja porque su emisión ya no se llevará a cabo como se hacía hasta ahora, sino que los médicos dispondrán de tablas —que tienen en cuenta la enfermedad del trabajador, su edad y su actividad laboral— con la duración estimada para cada patología.

De este modo, la frecuencia de emisión de partes queda de esta forma:

Muy corta duración. Menos de 5 días naturales. 
- No procede parte de confirmación.
Corta duración. Entre 5 y 30 días naturales.
- 1r parte de confirmación en un plazo máximo de 7 días.
- 2º y sucesivos en un plazo máximo de 14 días.
Media duración. Entre 31 y 60 días naturales.
- 1r  parte de confirmación en un plazo máximo de 7 días.
- 2º y sucesivos en un plazo máximo de 28 días.
Larga duración. 61 o más días naturales.
- 1r  parte de confirmación en un plazo máximo de 14 días.
- 2º y sucesivos en un plazo máximo de 35 días.


Novedades con respecto a la imposibilidad de incorporación llegada la fecha de alta.

Con la nueva normativa, si llegada la fecha de alta se da una situación de Imposibilidad de incorporación, debe tenerse en cuenta que:  

Si esta imposibilidad es en la fecha de alta el médico podrá emitir un parte de confirmación que dejará sin efecto la fecha de alta e indicará una nueva fecha de revisión.

Si la imposibilidad es el día que debía incorporase a su puesto de trabajo se generará un nuevo proceso, indicando si es recaída o no, pero no se anulará el anterior.


Cambios en la obligatoriedad de visitas médicas y programación de visitas.

Otra de las novedades es la obligatoriedad de la visita médica para continuar en situación de I.T.. 

Independientemente de la duración estimada, el médico podrá emitir el alta médica cuando considere la recuperación de la capacidad laboral por curación o mejoría, exista una propuesta de incapacidad permanente, defunción o inicio de la maternidad.
Si el trabajador no acude a la revisión médica prevista, el médico podrá emitir el alta por incomparecencia.
Ante cualquier modificación en la visita médica, se notificará en el parte de confirmación la nueva duración estimada así como la fecha de revisión.
En caso de cambio de residencia durante el proceso de I.T. que conlleve cambio de servicio público de salud se comunicará en el parte de confirmación el cambio de servicio público de salud así como la fecha en la que procederá realizar nueva revisión por dicho servicio.
En el último parte de confirmación previo a llegar al agotamiento de los 365 días de I.T. se informará al trabajador que el control de su proceso corresponderá al INSS con lo que finalizará la emisión de partes de confirmación y en lugar de fecha de nueva revisión indicará la fecha del cumplimiento de los 365 días.


Documentación y Presentación de copias:

Con respecto a la entrega y presentación de las copias destinadas a la empresa la nueva orden introduce los siguientes cambios:

El trabajador está obligado a presentar copia de baja y de confirmación en el plazo de tres días desde su expedición
El trabajador está obligado a presentar copia de alta en las 24h siguientes a su expedición.
En el caso de los procesos de duración estimada muy corta deberá presentar la baja/alta en las 24h siguientes a la fecha de alta. Si hubiera cualquier modificación que anule el alta, deberá presentarse el parte de confirmación junto a la baja inicial en las 24h siguientes a su expedición.


Cambios en la tramitación por la empresa en el sistema de Remisión Electrónica de Datos (RED). 

A partir de ahora se deberá:

Consignar los datos sobre cotización, el código nacional de ocupación, el código de la provincia del centro de salud y los datos genéricos a efectos identificativos.

Tramitar telemáticamente con carácter inmediato y, en todo caso, en un máximo de 3 días hábiles a partir de su recepción. La presentación telemática hace que no deban presentarse en formato papel pero se deben guardar durante 4 años desde la fecha de presentación.


Mecanismos de Gestión:

Con respecto a los mecanismos de control de la situación de incapacidad la emisión de una alta médica por la inspección médica provocará que cualquier nuevo proceso de I.T. durante los 180 días siguientes solo pueda ser iniciado por la propia inspección que controlará el proceso sin necesidad de partes de confirmación.

Además, trimestralmente desde el inicio de la I.T., la inspección médica o el médico de atención primaria bajo su supervisión, expedirá un informe que justifique la necesidad de permanecer en I.T. En plazo de 5 días estos informes llegarán a los inspectores o a los facultativos de mutua que tengan la contingencia acogida.

Nota: Por último, cabe señalar que Los procesos de incapacidad anteriores al 1 de diciembre de 2015 mantendrán la periodicidad de la normativa anterior. En el caso de trabajadores en situación de prejubilación, el subsidio será abonado en calidad de pago directo por la entidad gestora correspondiente.


*Orden ESS/1187/2015, de 15 de junio, por la que se desarrolla el Real Decreto 625/2014, de 18 de julio, por el que se regulan determinados aspectos de la gestión y control de los procesos por incapacidad temporal en los primeros trescientos sesenta y cinco días de su duración.